Resolución 139 – Expte. n° 11679/14 “Elecciones año 2015 s/ Electoral – otros”

 

Expte. n° 11679/14

Elecciones año 2015 s/

Electoral – otros”

Buenos Aires, 19 de junio de 2015.

 

Vistos: los autos indicados en el epígrafe,

 

resulta:

La Asociación de Abogados de Buenos Aires, a través de su presidenta María del Carmen Besteiro, solicitan ser tenidos como observadores electorales en los comicios del 5 de julio pues “la circunstancia de que se vaya a implementar por primera vez en la Ciudad el sistema electrónico de boletas para emitir el sufragio (…) merita la inquietud de esta Asociación (…) para que el acto electoral se desarrolle con total transparencia” (fs. 1442).

El Instituto de la Democracia y Elecciones, a través de su Directora Ejecutiva Silvana Florencia Yazbek, peticiona también participar como “observador electoral/acompañante cívico conforme sea la modalidad que se adopte” en el acto electoral del 5 de julio (fs. 2018/2019).

 

Fundamentos

Los jueces Luis Francisco Lozano, Alicia E. C. Ruiz, Ana María Conde y José Osvaldo Casás dijeron:

 

1. El Tribunal es competente para conocer en el asunto de conformidad con lo establecido por el art. 113 inc. 6º de la Constitución de la Ciudad.

 

2. Las solicitudes efectuadas por la Asociación de Abogados de Buenos Aires y el Instituto de la Democracia y Elecciones para participar del proceso electoral en curso como observadores electorales deben ser favorablemente acogidas —del mismo modo que aconteciera en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) realizadas el pasado 26 de abril con la ONG Poder Ciudadano—, a los fines contribuir a su transparencia (cf. art. 24, in fine del anexo II de la ley nº 4894).

 

           En ese sentido, las referidas asociaciones civiles deberán informar antes del 26 de junio, la nómina de los representantes que participarán como veedores y en qué comunas o establecimientos lo harán, a fin de ponerlo en conocimiento de los Delegados del Tribunal quienes facilitarán sus actividades de manera que no obstruir involuntariamente el normal desenvolvimiento del acto electoral.

 

Por ello,

 

el Tribunal Superior de Justicia

resuelve:

 

1. Aceptar las solicitudes realizadas por la Asociación de Abogados de Buenos Aires y el Instituto de la Democracia y Elecciones para participar como observadores de las elecciones generales del 5 de julio.

 

2. Hacer saber a la Asociación de Abogados de Buenos Aires y al Instituto de la Democracia y Elecciones que, antes del 26 de junio, deberán informar la nómina de los representantes que participarán como veedores y en qué establecimientos lo harán.

 

3. Mandar que se registre, se notifique, se publique en el sitio web electoral, www.eleccionesciudad.gob.ar y se archive.

 

La juez Inés M. Weinberg no suscribe la presente por estar en uso de licencia.

 

Firmado: Lozano. Ruiz. Casàs. Conde.

 

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